Este jueves, Avianca Holdings informó que no hará uso del préstamo del Gobierno colombiano para salir de su crisis financiera, pues ha recibido suficiente apoyo de inversionistas institucionales externos y prestamistas.
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La compañía recordó que el pasado octubre recibió la aprobación del Tribunal de Bancarrota de los Estados Unidos para acceder a un financiamiento bajo la figura de deudor en posesión (DIP por su sigla en inglés) por un total de US$2.000 millones, aproximadamente. De estos recursos ya obtuvo el desembolso inicial.
Aunque dicho financiamiento se estructuró para permitir la posible participación futura de uno o más gobiernos, aclaró que este no dependía de ninguna participación gubernamental.
“Con el apoyo de una gran cantidad de inversionistas institucionales externos y prestamistas existentes en su financiamiento DIP, Avianca tiene la flexibilidad financiera durante esta etapa para soportar sus operaciones y continuar avanzando en su plan de reorganización sin la participación del Gobierno de Colombia en el financiamiento DIP”, dijo la aerolínea en un comunicado.
El pasado agosto, el Ministerio de Hacienda informó que se aprobó una participación de la Nación en el proceso de restructuración de Avianca. La financiación sería hasta por US$370 millones.
El anuncio llevó recibió críticas de académicos, legisladores y sectores de la ciudadanía, sin embargo, la cartera aseguró que el no hacerlo podría costarle $20 billones al país, pues más del 50 % del transporte aéreo nacional lo cubre Avianca.
Tras recibir el primer desembolso del plan de financiamiento bajo la figura DIP, la Aerolínea informó que los garantes de la operación serán Aerovías del Continente Americano S.A. Avianca y las demás subsidiarias de Avianca Holdings S.A. bajo Capítulo 11 de Avianca Holdings S.A. Además, como agente administrativo y agente de la garantía quedó JPMorgan Chase Bank, N.A.
También se estableció que ante un evento de incumplimiento, los prestamistas y bonistas podrán declarar como terminadas las obligaciones de los prestamistas, declarar inmediatamente vencidas y exigibles las obligaciones (monto de capital adeudado más intereses y otros montos exigibles) y dejar sin efecto la orden judicial de suspensión automática de reclamos contra el deudor y los garantes bajo el artículo 362 del Código de Bancarrota de Estados Unidos.
Avianca concluyó agradeciendo los esfuerzos del Gobierno para ayudar al sector turístico del país en el marco de la pandemia y aseguró que continuará operando de manera segura durante el proceso del Capítulo 11 y de ahí en adelante.