Imponen millonaria sanción a Rappi por vulnerar derechos de consumidores

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) multó a la plataforma Rappi con la máxima sanción de $1.755’606.000, equivalentes a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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El organismo de control evidenció que Rappi no indica a sus clientes de manera precisa las restricciones para acceder a las promociones y ofertas, incurriendo en publicidad engañosa. Además, no devuelve las vueltas correctas, entre otras faltas.

Según la Superindustria, la decisión se tomó tras comprobar que «Rappi actuaba en el mercado colombiano no como un portal de contacto sino como un proveedor habitual de bienes y servicios que ofrecía, comercializaba y distribuía, con ánimo de lucro, mediante el empleo de una plataforma de comercio electrónico».

De la misma manera, el organismo pudo evidenciar que Rappi no garantizó el derecho de reversión de pagos que les asistía a los consumidores,» al no efectuar oportunamente los reembolsos dentro de los términos legales establecidos».

Igualmente la entidad estableció fallas en la prestación de los servicios postventa, tales como «demoras en la entrega de los pedidos, cancelación de productos, no aplicación de cupones, no devolución del dinero, omisión en el cargue los RappiCréditos, no entrega de productos, entrega de productos diferentes a los solicitados o en mal estado, cobros injustificados, entre otros».

Al estudiar el modelo de negocio de Rappi, la Superindustria pudo establecer que la plataforma «percibe ingresos por las transacciones y las relaciones de consumo que se llevaban a cabo a través de su plataforma».

El pago que el consumidor hace por el producto lo recibe Rappi «a través de los medios dispuestos en la plataforma, y posteriormente y de forma semanal, esta reparte los valores obtenidos a los aliados comerciales, descontando, entre otros, el valor por uso y alquiler de la plataforma, compensaciones por retrasos, órdenes incompletas o erróneas, así como por demoras en los tiempos de entrega de los productos comercializados».

Asimismo, la Superintendencia sancionó a la plataforma por hacer caso omiso a cinco de las siete órdenes emitidas en agosto de 2019, que buscaba informar la procedencia del derecho de retracto y de reversión de pago, «se informara el precio total de los productos incluyendo todos los costos adicionales sin que fuera posible su modificación y se estableciera en los acuerdos con los aliados la intervención de cada uno frente a la efectividad de la garantía».

Frente a esta decisión, el organismo de control gubernamental dio un nuevo plazo de treinta (30) días hábiles para que la plataforma implemente las medidas correspondientes.

Por: Catedral Stereo
Fuente: rcnradio.com – Sistema Integrado de Información – Martha Olaya
Foto cortesía: https://bit.ly/2Tm3zmt

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