Intereses de tarjetas de crédito no podrán superar el 28,16 % efectivo anual

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Desde enero de 2020, las entidades financieras no podrán cobrar intereses de las tarjetas de crédito por arriba de 28,16% efectivo anual, según señaló la Superintendencia Financiera de Colombia al fijar la tasa de usura, que tuvo disminución de 0,21% con respecto a diciembre de 2019.

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En la resolución, expedida por la entidad que vigila las entidades financieras, también se establece que para la modalidad de microcrédito el interés máximo que se podrá cobrar es de 54,80% efectivo anual, lo que representa una disminución de 0,04 % respecto al mes anterior.

La tasa de usura en el caso de crédito de consumo y ordinario regirá entre el 1 y el 31 de enero de 2020, mientras que para el caso de los microcréditos estará vigente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020, según explicó la Superfinanciera.

La entidad también señaló que desde este mes los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28,16% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Según los datos reportados por la Superfinanciera, con corte al 20 de diciembre todos los bancos están por debajo del tope de interés para enero. En este momento, las tasas más altas del sector están en 28,16%, pero el promedio está en 24,76% efectivo anual.

Cabe explicar que la tasa de usura es el tope que tienen los bancos para cobrar los intereses de manejo de las tarjetas de crédito.

La tasa sigue a la baja y en niveles que no se veían desde hace más de ocho años. Ahora la Superintendencia Financiera entregó la certificación para esos límites en el primer mes de 2020.

Fuente: rcnradio.com – Martha Olaya
Foto Cortesía: https://bbva.info/2ZLR8SZ

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