La movilidad durante la cuarentena tiene nuevas excepciones

Tu Blog
Compartir:

Recientemente el presidente Iván Duque y los 18 ministros que conforman el gabinete firmaron el decreto 593 de 2020, en el cual se expresa cuales son las excepciones ante el alargamiento del aislamiento preventivo obligatorio hasta el 11 de mayo. En este, se confirma que las fronteras y vuelos internacionales siguen suspendidos hasta finalizado el aislamiento.

WhatsAppSigue a Catedral Stereo en WhatsApp

Le puede interesar: Catedral de Sal de Zipaquirá renueva su certificación ISO 9001

Ante la movilidad también surgieron nuevas excepciones, se aprueba el deporte al aire libre para que las personas puedan salir a las calles, el funcionamiento de comisarías de familia y el comercio de las bicicletas.

El decreto señala, “El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, por un período máximo de una (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales”.

El funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de policía se realizará de forma normal, al igual que los usuarios de estos sectores, esto durante la extensión de la cuarentena.

“La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas”, se permitirá según manifiesta del decreto.

Las prestaciones de los servicios relacionados con expedición de licencias urbanísticas podrán retornar, al igual que las casas de cambio, los juegos de suerte y azar “en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería”, también podrán reanudar sus labores, según publicó Caracol Radio.

“La realización de avalúos de bienes y de estudios de títulos que tengan por objeto la constitución de garantías, ante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia”, se habilitará.

El decreto mantiene las restricciones para las personas mayores de 70 años y para los menores de edad.

Concluyendo, los parqueaderos públicos para vehículos podrán funcionar, según señalo el decreto.

A partir del próximo lunes 27 de abril, 41 excepciones permitirán que más personas y sectores pueden salir a las calles.

Consulte aquí el decreto presidencial número 593 del 24 de abril de 2020  https://bit.ly/3aErC6e

Por: Paula Alfonso
Fuente: caracol.com.co
Foto Cortesía: https://bit.ly/3bDVNvt

RELACIONADO