Se mantiene la alerta amarilla por calidad del aire

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Hasta que no se vea la tendencia a la baja, no se levantará la alerta.

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No se levanta la alerta amarilla en Bogotá ni las restricciones a vehículos de carga pesada de más de 10 años.

Así lo confirmó este miércoles la Secretaría de Movilidad después de seis días de anunciada esta prevención por los altos niveles de material particulado de PM 2.5 en el suroccidente de la ciudad. 

Según explicó la Secretaría de Movilidad, Carolina Urrutia, aunque las condiciones meteorológicas han sido favorables, sigue el fenómeno de inversión térmica y no se ha obtenido una tendencia a la baja que permita levantar la medida. «No tenemos una mejoría constante, por eso lo responsable es mantener la alerta amarilla. Pero vale aclarar que tampoco empeora la situación», manifestó la Secretaria. 

Esto implica que se mantienen las restricciones para el transporte de carga de más de 10 años y los controles ambientales en fuentes móviles (transporte) y fijas (industria).

A corte de este martes, se habían inmovilizado 163 y multado 356 vehículos por no cumplir con la norma. De flota de carga, se han inmovilizado 57 unidades y se han impuesto 152 comparendos.

La decisión se toma en medio del revuelo que causó la restricción provisional al transporte de carga, que se sumó a la restricción permanente a transporte de más de 20 años.

«Estamos dispuestos a acompañar a los transportadores en las mesas de trabajo con el Gobierno Nacional para los procesos de transformación tecnológico. Los entendemos, pero en este momento nuestro deber es defender  salud de los bogotanos», explicó la Secretaria y agregó, «también estamos defendiendo la salud de los transportadores de carga».

La restricción:

Las dos normas que han causado malestar entre el sector carga son las contempladas en el Decreto 840 de 2019 y el Decreto 047 de 2020. El decreto 840 dicta una restricción permanente para vehículos de carga de más de 20 años en un perímetro establecido.

Por otra parte, el decreto 047 de 2020 es una medida provisional que estará vigente mientras la alerta se mantenga.

En esta restricción provisional se establece que los vehículos de carga con año modelo superior a los 10 años, no pueden circular entre las 05:00 y las 11:59 a.m.  y desde las 5:00 hasta las 11:59 p.m. dentro del polígono definido en el suroccidente  de Bogotá.

Ante los reclamos de algunos voceros del sector carga de que la culpa recaía en el combustible y no en ellos, la Secretaria respondió : «El argumento del diésel me permito cuestionarlo. Ecopetrol ha hecho que el mejor diésel del país llegue a Bogotá».

Fuente: eltiempo.com
Foto Cortesía: https://n9.cl/nj29l

 

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